Veto a la Ley de Ordenamiento de las finanzas públicas dará mayor consistencia a manejo fiscal.
Quito, 15 de junio de 2020
Con el fin de garantizar mayor consistencia en la aplicación de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, el Gobierno Nacional decidió remitir a la Legislatura un veto parcial a 16 aspectos de la normativa.
Dos de los principales cambios que se plantean se relacionan con la necesidad de ajustar el proceso de transición para el cumplimiento de la regla fiscal de la relación deuda/PIB para que exista una trayectoria de este indicador coherente con el escenario económico actual (caídas de precios del petróleo, de ingresos y del PIB).
De esta manera, al 2025 el indicador deuda/PIB no deberá ser superior al 57%, para el2030 deberá bajar al 45% y para el 2032 y en adelante deberá ser inferior al límite legal del 40%. El establecimiento de estas metas intermedias en el proceso de convergencia del endeudamiento público, hacia el cumplimiento del límite legal, brindan certezas y disminuyen el riesgo de discrecionalidad en la gestión fiscal en el futuro.
Por otra parte, el veto propone dos modificaciones que fortalecen la transparencia de todas las transacciones de títulos valores entre instituciones públicas, como las relacionadas con bonos y notas del Tesoro Nacional. Para ello, se dispone la entrega inmediata y gratuita de esta información a las bolsas de valores para que su registro permita la construcción de vectores de precios y curvas de rendimientos con todas las
transacciones del mercado.
El documento enviado a la Asamblea Nacional plantea también dos precisiones sobre el proceso de transición para la reducción de los actuales Certificados de Tesorería, buscando que éste pueda ser ejecutado de manera técnica, viable y, sobre todo, coherente con el escenario económico actual que vive el país.
Los 10 cambios restantes que se incluyen en el veto presidencial se relacionan con aspectos de forma que respetan lo sustancial de los textos aprobados por la Asamblea Nacional. Estas modificaciones se relacionan con terminologías, precisiones legales y
técnicas. Específicamente, lo que se pide es homologar la redacción de los artículos de la Ley referentes a planes y programas de inversión y preservación de capital, reformas adicionales al Presupuesto General del Estado durante su ejecución y presupuestos de las instituciones públicas.
Es importante destacar, además, que la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas ratifica la independencia de la seguridad social y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.