El Presupuesto General del Estado
El Presupuesto General del Estado es la estimación de los recursos financieros que tiene el Ecuador; es decir, aquí están los Ingresos (venta de petróleo, recaudación de impuestos, etc.) pero también están los Gastos (de servicio, producción y funcionamiento estatal para educación, salud, vivienda, agricultura, seguridad, transporte, electricidad, etc de acuerdo a las necesidades identificadas en los sectores y a la planificación de programas de desarrollo)
El Presupuesto del Gobierno Central (PGC) es la parte del Presupuesto General del Estado (PGE) directamente administrada por el Gobierno y sus instituciones, a través del Ministerio de Finanzas.
Para entenderlo mejor; en su hogar usted tiene que estimar los ingresos que tendrá como consecuencia de su sueldo, otro ingreso puede ser por la venta de un bien (terreno, auto, muebles, etc); pero también usted tiene que estimar sus gastos tales como: pagar la pensión por educación de sus hijos, pago de agua, luz, teléfono, arreglo del vehículo, etc.
Para un correcto uso de los ingresos que financiarán los gastos a través del Presupuesto General del Estado (PGE), el Gobierno establece prioridades para atender problemas estructurales como la pobreza y las desigualdades sociales.
Las instituciones públicas harán una planificación priorizando sus necesidades para poder prestar sus bienes y servicios a la población. Por ejemplo el Ministerio de Salud detalla las prioridades: Rehabilitación en infraestructura hospitalaria, compra de medicamentos, intervención en campañas de prevención de enfermedades en el sector rural, etc ; es decir indicarán cuánto dinero necesitan para cumplir con esos objetivos ministeriales.
El estado tiene un presupuesto que será distribuido a las instituciones públicas de acuerdo a las prioridades establecidas a los ingresos y gastos con los que cuenta el país.
1.- El Gobierno Central tiene su propio presupuesto. Antes debemos entender que al decir Gobierno Central hablamos de la Presidencia de la República, Vicepresidencia de la República, Ministerios y Secretarías de Estado y sus entidades adscritas, también están los presupuestos de las Funciones Legislativa (Asamblea Nacional), la Función Judicial (Corte Nacional de Justicia), además del Consejo Nacional Electoral y la Corte Constitucional.
2.- Organismos de control y regulación como la Contraloría, Superintendencia de Bancos y Compañías, Defensoría del Pueblo, etc. De la misma manera, instituciones autónomas y descentralizadas con personería jurídica, como Correos del Ecuador, Ferrocarriles, que son instituciones creadas por ley para prestar un servicio público, también tienen su presupuesto.
3.- Hay presupuesto de las instituciones de seguridad social creadas por ley, como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
4.- Existe Presupuesto de los Ingresos Preasignados por ley (Código Orgánico de Organización Territorial – COOTAD), es decir, que anticipadamente según las necesidades de los municipios, prefecturas, juntas parroquiales se destina un porcentaje de los recursos del Presupuesto General del Estado para estos gobiernos locales.
5.- Existen presupuestos de los Fondos creados por ley, determinada mediante aprobación de la Asamblea Nacional para financiar programas y / o proyectos prioritarios.
QUIÉNES PLANIFICAN?
Antes de identificar quiénes planifican, debemos entender qué es planificación. Planificar no es otra cosa que la elaboración de una hoja de ruta donde se detallan objetivos y metas a mediano, corto y largo plazo, que buscan el desarrollo para el buen vivir y la reducción de desigualdades. Los planes deben incorporar la respectiva asignación de recursos.
Igual cosa ocurre en los hogares, por ejemplo si usted piensa ir de vacaciones con sus hijos e hijas usted hará su hoja de ruta, en ella detallará a dónde irá, por cuántos días, en qué hotel dormirá, qué lugares visitará, cuánto dinero dispone para gastos sin que estos alteren los gastos mensuales del hogar; a esto se le llama planificación. Así como en el hogar la responsabilidad de planificar recae en el padre o la madre. En el estado también hay un responsable de la planificación, que es la SENPLADES, (Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo). Veamos que dice el Art. 280 de la Constitución:
El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado Central y los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.
Ahora bien, TODAS las instituciones Gubernamentales bajo las directrices establecidas por la SENPLADES planificarán de acuerdo a sus necesidades de tal forma que les permita alcanzar los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir (2009-2013), de observancia obligatoria para el sector público, y que busca eliminar la pobreza y desigualdad social.